01 oct 2026

Medidas Excepcionales de Contingencia. Ampliación de Plazos para Reporte de Impagos (AFP)

Con el propósito de respaldar la continuidad operativa de nuestros clientes tras la reciente emergencia, Cesce ha dispuesto una extensión extraordinaria de treinta (30) días en el plazo límite para el reporte de ventas y aviso de faltas de pago (AFP) de sus facturas.

Seguro de Crédito

Condiciones de la medida

 

Cobertura geográfica: Aplica exclusivamente para asegurados o deudores domiciliados en los departamentos cobijados por las medidas de emergencia según el decreto 1261 de 2026.

Aplica para: Facturas cuyo reporte de aviso de falta de pago vencía desde el 10 de agosto.

Vigencia del Beneficio: Esta medida temporal estará activa para tramitar reportes hasta el 30 de noviembre de 2026.

 

Canales de atención

 

Canales generales

Atención Seguro de Crédito

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